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Nueve áreas infantiles prometidas en 2015: esto es lo que hay

29/09/2026 · La Junta
Campaña · Zonas infantiles
Nueve áreas infantiles prometidas en 2015: esto es lo que hay

En 2014 el Justicia de Aragón abrió un expediente por su cuenta porque en Arcosur no había ni un solo espacio para que los niños jugaran. El Ayuntamiento le contestó en 2015 que estaban previstas nueve áreas infantiles y que tres ya estaban instaladas. Han pasado once años. Hemos medido el barrio entero, hemos leído la normativa y hemos buscado qué fue de aquella promesa. Aquí está todo, con fechas, documentos y enlaces para que cada cual lo compruebe. Es largo, porque el asunto lo es. Y abre la segunda campaña de la asociación.

Lo esencial, en treinta segundos

  • En 2014 el Justicia dijo que en Arcosur «no existe espacio alguno» para el juego infantil y pidió al Ayuntamiento que planificara y ejecutara esos equipamientos.
  • En 2015 el Ayuntamiento respondió que había nueve áreas infantiles previstas, tres instaladas, y que hacerlas «corresponde a la Junta de Compensación».
  • En 2026 hay cuatro zonas infantiles públicas y una pista deportiva en un sector de 383 hectáreas. Ninguna de las cuatro llega al tamaño mínimo que el reglamento estatal pide desde 1978 (medidas aproximadas).
  • Tres cuartas partes del barrio están a más de 300 metros de cualquier columpio, que es la distancia con la que el propio Ayuntamiento se mide.
  • La respuesta de este mes ha sido «al parque»: un parque que en abril todavía no tenía proyecto, que no tiene fecha de obra y cuyo anuncio no contiene la palabra «infantil».
  • Pedimos que se cumpla lo prometido: nueve áreas, con calendario, parcelas y presupuesto, y que se hagan donde vive la gente, no a un kilómetro.
  • Ya lo hemos llevado donde toca: una queja al Justicia de Aragón y un escrito registrado a la Junta Municipal del Distrito Sur, los dos el 29 de septiembre.
Apartado 01

Lo que dijo el Justicia de Aragón en 2014

El 23 de octubre de 2014 el Justicia de Aragón abrió un expediente de oficio, es decir, sin que nadie se lo pidiera formalmente, «ante las quejas ciudadanas conocidas por distintos medios de comunicación por la inexistencia de espacios infantiles y juveniles para la práctica de juegos y deportes al aire libre en el barrio de Arcosur». Es el expediente DI-1977/2014-5.

Documento 1 · Justicia de Aragón, expediente DI-1977/2014-5
Documento 1 · Justicia de Aragón, expediente DI-1977/2014-5
La apertura del expediente, tal cual. Membrete con el número de expediente, el asunto de la Sugerencia y el antecedente primero. Recortado del PDF oficial publicado por el Justicia.

Pidió información al Ayuntamiento y, con la respuesta en la mano, dictó el 20 de noviembre de 2014 una Sugerencia. Su diagnóstico no deja lugar a interpretaciones:

«Barrio en el que no existe espacio alguno destinado a juegos infantiles o a deportes al aire libre y sin que pueda considerarse la opción de que los vecinos se desplacen a otros lugares próximos en la medida en que esta distancia es considerable, dada la ubicación de Arcosur, además del hecho de que lo ideal es que los vecinos puedan disfrutar de este tipo de servicios lo más cerca posible de su vivienda.»

Documento 2 · La consideración jurídica del Justicia
Documento 2 · La consideración jurídica del Justicia
«No existe espacio alguno.» El párrafo íntegro, con la conclusión de que procede formular la Sugerencia.

Y la resolución:

«Que proceda a planificar y ejecutar en el barrio de Arcosur los equipamientos necesarios para que los vecinos del mismo puedan disfrutar de espacios infantiles y juveniles para la práctica de juegos y deportes al aire libre.»

Dio al Ayuntamiento un mes para decir si aceptaba o no la Sugerencia.

Documento 3 · La resolución, con fecha y firma
Documento 3 · La resolución, con fecha y firma
Resolución del 20 de noviembre de 2014. La Sugerencia, el plazo de un mes para contestar y la firma del Justicia de Aragón. La resolución completa, en la web del Justicia.
Tres cosas de ese texto que siguen valiendo hoy

La primera, que el Justicia descarta expresamente que los vecinos «se desplacen a otros lugares próximos»: mandar a los niños al barrio de al lado no es una solución. La segunda, que fija el criterio: lo más cerca posible de la vivienda. La tercera, que habla de espacios infantiles y juveniles: columpios para los pequeños y sitio para que los mayores hagan deporte.

Apartado 02

Lo que contestó el Ayuntamiento

En noviembre de 2014: nada, salvo el golf

La primera respuesta municipal está dentro de la propia resolución del Justicia. El 13 de noviembre de 2014, el Director de Servicios de Arquitectura informó de que por esa Dirección:

«no se está tramitando ningún proyecto ni se tiene constancia de que haya prevista ninguna actuación relativa al acondicionamiento de espacios en Arcosur para actividades lúdicas y deportivas, con excepción del campo de prácticas de Golf».

Ese era el inventario de 2014: un campo de golf.

Documento 4 · El informe municipal de 2014, citado por el Justicia
Documento 4 · El informe municipal de 2014, citado por el Justicia
«Con excepción del campo de prácticas de Golf.» El informe del Director de Servicios de Arquitectura de 13 de noviembre de 2014, reproducido literalmente en la resolución del Justicia. Las erratas son del original.

En febrero de 2015: nueve áreas, tres instaladas, lo hará la Junta de Compensación

Tras la Sugerencia, el Ayuntamiento respondió al Justicia. La respuesta se publicó el 23 de febrero de 2015 en la red europea de defensores del pueblo, que recoge las actuaciones del Justicia de Aragón:

«En la Urbanización Arcosur está prevista la instalación de nueve áreas infantiles, de las cuales, tres ya están instaladas.»

Y sobre quién debía hacerlas:

«La instalación corresponde a la Junta de Compensación que aún no ha terminado de ejecutar las obras.»

La promesa, en su fuente
«En la Urbanización Arcosur está prevista la instalación de nueve áreas infantiles, de las cuales, tres ya están instaladas.»
Respuesta del Ayuntamiento de Zaragoza al Justicia de Aragón, publicada el 23 de febrero de 2015 por la red europea de defensores del pueblo (ENO). Captura de la página tal como está hoy en línea.
Nota de 2015: el Ayuntamiento responde al Justicia sobre las zonas de ocio en Arcosur
Ver la nota original

Es decir: en 2015 el Ayuntamiento reconoció ante el Justicia una cifra concreta, nueve, y una responsabilidad concreta, la de la Junta de Compensación, que es el organismo de los propietarios del suelo que ejecuta la urbanización bajo la supervisión municipal. Con eso el expediente se cerró.

Las «nueve» de 2015 tienen que salir del proyecto de urbanización del sector, que no está publicado. Se lo hemos preguntado por escrito al Ayuntamiento: cuántas áreas de juego prevé, dónde y cuáles están hechas. El Ayuntamiento debería poder señalarlas en un plano.

Apartado 03

Once años después: el mapa

Hemos hecho lo que cualquiera puede repetir: localizar las zonas infantiles públicas que hay dentro del sector de Arcosur, marcarlas en un plano y medir a qué distancia queda de ellas cada parte del barrio.

Mapa de las zonas infantiles de Arcosur
Mapa · Las zonas infantiles públicas de Arcosur y la distancia a ellas. Puntos azules: las cuatro zonas infantiles; J: la pista deportiva. Franjas de color: distancia en línea recta a la zona infantil más cercana (azul menos de 300 m, amarillo de 300 a 500, naranja de 500 a 800, rojo más de 800). Rayado verde: el parque central proyectado, hoy suelo vacante. Base cartográfica OpenStreetMap; inventario de la asociación, 28 de septiembre de 2026.

Cuántas hay

Cuatro zonas infantiles. Están en la calle del Puente del Reino, en la calle de la Dehesa del Tomillo, en la calle del Rincón del Cielo y en el Parque Norte, en el extremo del sector. No contamos las que están dentro de urbanizaciones privadas, porque no son del barrio: son de sus comunidades. Y no contamos las de Rosales del Canal, Valdespartera o Montecanal, por la misma razón que dio el Justicia en 2014: la distancia es considerable y un niño de cinco años no cruza una avenida de cuatro carriles para ir al columpio.

Y una pista deportiva. Para los mayores, lo que el Justicia llamaba «espacios juveniles», hay un potrero en la avenida de los Cañones de Zaragoza, construido después de la Sugerencia. Lo decimos porque es verdad y porque es lo único que hay: una pista para un sector de 383 hectáreas. En el mapa va con la letra J.

¿Falta alguna?

Si alguien conoce una zona infantil pública dentro del sector que no esté en el mapa, que nos lo diga en hola@arcosur.es y la añadimos. El mapa se rehace en minutos. Preferimos corregirlo a discutirlo.

Cuánto barrio queda lejos

El sector de Arcosur tiene 383 hectáreas. Lo hemos dividido en franjas según la distancia en línea recta hasta la zona infantil pública más cercana, contando todo el suelo, el construido y el que se construirá, porque el barrio sigue creciendo y las promociones nuevas nacen ya con este problema.

25 %
del sector a menos de 300 m
95 hectáreas
33 %
entre 300 y 500 m
127 hectáreas
31 %
entre 500 y 800 m
119 hectáreas
11 %
a más de 800 m
43 hectáreas
El dato

El 75 % del sector, 289 hectáreas, está a más de 300 metros de cualquier zona infantil pública. El 42 %, 162 hectáreas, a más de 500. Las cuatro zonas existentes cubren una cuarta parte del suelo del barrio. Y eso midiendo en línea recta, que es la medida más generosa posible con la Administración: a pie, rodeando manzanas y esperando semáforos, siempre es más.

Cuánto miden

No existe un registro público de las áreas de juego del barrio, así que las hemos medido nosotros sobre fotografía aérea. Son medidas aproximadas: Dehesa del Tomillo, unos 100 m²; Puente del Reino, unos 111 m²; Rincón del Cielo, unos 162 m²; Parque Norte, unos 174 m².

Ninguna llega a los 200 metros cuadrados que el reglamento estatal fija como mínimo para un área de juego, y lo explicamos en el apartado 5. La mayor se queda en unos 174.

Apartado 04

Por qué 300 metros

Los 300 metros no son una cifra nuestra. Es el umbral de proximidad que usan las referencias oficiales:

  • Agenda Urbana Española (2019), sistema de indicadores: acceso a zonas verdes y de esparcimiento a 300 metros para espacios de más de 1.000 m². Ver
  • Ministerios de Medio Ambiente y de Fomento (2009), sistema municipal de indicadores de sostenibilidad: «la distancia mínima recomendada hasta un espacio verde es de 300 metros».
  • El propio Ayuntamiento de Zaragoza se mide con ese radio: en su Agenda Urbana, el indicador de proximidad a zonas verdes usa 300 metros desde la vivienda, y con él la ciudad presume de que más del 98 % de la población tiene una zona verde cerca. Ver
  • El estudio que revisa todo esto para Zaragoza, publicado en la revista Ciudades de la Universidad de Valladolid (2022). Ver

Por eso el mapa dibuja un círculo de 300 metros alrededor de cada zona infantil, y un segundo círculo de 500 como tolerancia. Usamos la vara de medir del Ayuntamiento. Solo pedimos que la aplique en Arcosur.

Apartado 05

Lo que dice la ley

Ninguna de estas normas la hemos escrito nosotros. Todas están en vigor y todas son públicas.

Qué es un «área de juego» y cuánto tiene que medir

El Reglamento de Planeamiento (Real Decreto 2159/1978), en su anexo, define lo que un sector residencial debe reservar como espacios libres. El artículo 3 dice que en suelo residencial habrá, como mínimo, «Jardines» y «Áreas de juego y recreo para niños». Y el artículo 4.b fija su tamaño:

«Áreas de juego y recreo para niños. No podrán tener una superficie inferior a 200 metros cuadrados en la que se pueda inscribir una circunferencia de 12 metros de diámetro mínimo, y deberán equiparse con elementos adecuados a la función que han de desempeñar.»

Documento 6 · Reglamento de Planeamiento, anexo, artículo 4
Documento 6 · Reglamento de Planeamiento, anexo, artículo 4
Los 200 m² y el círculo de 12 metros. Texto consolidado del Real Decreto 2159/1978 en el BOE. Para comparar: un jardín computable necesita 1.000 m² y un círculo de 30 metros. Ver en el BOE.

Su artículo 10 añade la proporción: para conjuntos de más de 1.000 viviendas, 6 metros cuadrados de área de juego por vivienda, además de 15 de jardines. Arcosur está planificado para más de 22.000 viviendas.

Traducido

Un recinto con un balancín y dos metros de arena no es un «área de juego» a efectos del reglamento. Es un elemento decorativo. Con ese criterio, hoy Arcosur no tiene ninguna área de juego: ninguna de las cuatro llega a los 200 metros cuadrados.

Lo que exige Aragón

El texto refundido de la Ley de Urbanismo de Aragón (Decreto Legislativo 1/2014), artículo 54, obliga a los planes parciales a reservar un «sistema local de espacios libres, comprensivo de parques y jardines, plazas y espacios peatonales y áreas de juego»; como mínimo el 10 % de la superficie del sector, o 18 metros cuadrados por vivienda si resulta superior. Y añade algo que en Arcosur pesa mucho:

«Deberá darse carácter prioritario a los equipamientos educativos o asistenciales en aquellas unidades de ejecución o sectores en que sea previsible una elevada necesidad de los mismos, en función del perfil de edad de los residentes.»

Documento 7 · Ley de Urbanismo de Aragón, artículo 54
Documento 7 · Ley de Urbanismo de Aragón, artículo 54
Módulos de reserva. El encabezado del artículo, el párrafo del «perfil de edad de los residentes» y el módulo del 10 % del sector o 18 m² por vivienda. Texto consolidado.

Y en Arcosur ese perfil de edad no deja dudas. Tres de cada diez vecinos tienen menos de 15 años, más del doble que en el conjunto de Zaragoza (12,7 %). Y el Distrito Sur, al que pertenece el barrio, es el distrito de la ciudad con mayor proporción de menores de 18 años: el 29 %.

Fuentes: INE, población por secciones censales y edad a 1 de enero de 2025 (tabla 69289), cálculo propio sumando las secciones censales que forman Arcosur; Ayuntamiento de Zaragoza, indicadores sociodemográficos por distrito, padrón municipal de 2024.

El derecho al juego, por ley

La Ley 12/2001, de la infancia y la adolescencia en Aragón, reconoce en su artículo 29 el derecho de niños y adolescentes «al juego y a las actividades recreativas propias de su edad», y en el 38 manda a las Administraciones velar para que:

«a) En los planes urbanísticos se tomen en consideración las necesidades específicas de los niños y adolescentes en la concepción y distribución del espacio urbano, así como en la previsión de equipamientos e instalaciones adecuados. [...] c) Se prevea la disposición de espacios diferenciados para el uso de los niños y de los adolescentes en los lugares públicos.»

Documento 8 · Ley 12/2001, artículos 29 y 38
Documento 8 · Ley 12/2001, artículos 29 y 38
El derecho al juego y el entorno urbano adecuado. Texto consolidado en el BOE. Ver en el BOE.

Seguridad y accesibilidad

Las normas de seguridad de los equipos y pavimentos (UNE-EN 1176 y 1177) no son obligatorias por ley en Aragón. Lo reconoció el Ayuntamiento de Zaragoza ante el Justicia en enero de 2016, añadiendo que «desde el año 2008 se exige que todas las nuevas instalaciones cumplan con esta normativa, exigiéndose como condición en los proyectos de urbanización y en las recepciones de obra». Lo tomamos al pie de la letra: las áreas nuevas de Arcosur deben cumplirlas para ser recibidas.

Documento 9 · Justicia de Aragón, expediente DI-1644/2015-5
Documento 9 · Justicia de Aragón, expediente DI-1644/2015-5
«Desde el año 2008 se exige…» Lo que el Servicio de Parques y Jardines del Ayuntamiento de Zaragoza contestó al Justicia el 26 de enero de 2016, reproducido en la resolución. PDF en la web del Justicia.

En ese mismo expediente, el Justicia sugirió el 20 de septiembre de 2016 al Gobierno de Aragón una normativa de obligado cumplimiento sobre áreas de juego infantil y al Ayuntamiento una ordenanza municipal. Ninguna de las dos se aceptó. El Gobierno de Aragón contestó que la seguridad de los parques infantiles «compete a los Ayuntamientos», y el Justicia registró el expediente como «Sugerencia no aceptada» en su informe sobre menores de 2016. Diez años después, Aragón sigue sin una norma propia sobre áreas de juego.

Documento 10 · Las dos Sugerencias de 2016
Documento 10 · Las dos Sugerencias de 2016
Una normativa aragonesa y una ordenanza municipal. Resolución de 20 de septiembre de 2016. Nota de la red europea de defensores.

La accesibilidad sí es obligatoria: la Orden TMA/851/2021, artículo 8, exige que los sectores de juegos infantiles se conecten «desde un itinerario peatonal accesible» y que al menos uno de cada cinco elementos sea accesible. Ver en el BOE.

Apartado 06

«Al parque»: la respuesta de 2026

El 14 de septiembre de 2026, en la reunión de la Junta Municipal de Distrito Sur, planteamos las zonas infantiles. La respuesta fue remitirnos al futuro parque central. Sin parcela, sin presupuesto y sin fecha. El 29 de septiembre se lo hemos pedido por escrito a la Junta Municipal: dónde, con qué presupuesto y cuándo.

Así que hemos mirado qué es ese parque.

Desde 2004
Es una determinación del Plan Parcial: una obligación de la urbanización, no una concesión.
Abril de 2026
El Ayuntamiento anuncia el diseño: más de 67 hectáreas, más de 18 millones de euros a cargo de la Junta de Compensación, y una primera fase de 23 hectáreas junto al golf por 2,7 millones. Lo que se licita es el diseño: anteproyecto y proyecto por 139.000 euros más IVA, nueve semanas más doce. Sin fecha de inicio de obra. Y en todo el anuncio no aparece ni una vez la palabra «infantil».
14 de septiembre de 2026
La respuesta a las zonas infantiles es «al parque».
Documento 11 · El anuncio del diseño del parque (HoyAragón, 17-04-2026)
Documento 11 · El anuncio del diseño del parque (HoyAragón, 17-04-2026)
67 hectáreas, 18 millones, una primera fase de 23 hectáreas junto al golf. Titular y párrafos de la noticia. Ver la noticia · y la del día siguiente.

Hemos dibujado en el mapa el recinto que se proyecta: el corredor entre la avenida 21 de Junio, el campo de golf y el Parque del Conocimiento, unas 22 hectáreas. Está en el extremo este del sector.

82 %
del sector a más de 300 m del borde del parque proyectado
68 %
a más de 500 m
47 %
a más de 800 m

Es decir: aunque el parque se hiciera mañana y llevara columpios, dos tercios del sector seguirían a más de medio kilómetro de él. Un parque central no sustituye a las áreas de juego de proximidad. Son cosas distintas y la ley las trata como cosas distintas: el parque es sistema general; las áreas de juego, sistema local, «lo más cerca posible de la vivienda».

Y hay un detalle más. En mayo de 2024 el Ayuntamiento presentó un plan de renovación de 16 parques infantiles y, al repasar lo hecho en los tres años anteriores, citó «la creación de nuevas zonas infantiles en [...] Arcosur». Sin decir dónde. La hemos buscado: es la del Parque Norte, en el extremo del sector, y no la hizo el Ayuntamiento, sino la Junta de Compensación al urbanizar esa fase del barrio, aprobada en 2020. Arcosur no está entre los 16 parques renovados.

Documento 12 · Noticia municipal de 27 de mayo de 2024
Documento 12 · Noticia municipal de 27 de mayo de 2024
«… o Arcosur.» La única mención al barrio en el plan de parques infantiles 2024-2025. Ver la noticia en zaragoza.es.
Apartado 07

El mismo patrón que la S-9

Quien haya leído lo de la S-9 reconocerá la música. En 2015 la respuesta fue «corresponde a la Junta de Compensación». En 2026 es «al parque», que también hará la Junta de Compensación, en una fase de urbanización que no tiene fecha. Once años en los que la responsabilidad siempre ha sido de otro y el plazo siempre ha sido más adelante.

Los niños que tenían tres años cuando el Justicia abrió el expediente tienen hoy catorce. Aquella promesa llegó tarde para ellos. Estamos a tiempo de que no llegue tarde para los siguientes. La Junta

La S-9, contado entero.

Apartado 08

Lo que pedimos

No pedimos nada nuevo. Pedimos lo que ya está prometido y lo que ya está escrito en la ley.

  1. Que el Ayuntamiento diga por escrito cuántas áreas de juego infantil prevé el proyecto de urbanización de Arcosur, cuántas están ejecutadas y recibidas, y dónde están las nueve de 2015. Con un plano.
  2. Un calendario para completar las nueve, con parcela, presupuesto y plazo de cada una. Si la Junta de Compensación no las ejecuta, que el Ayuntamiento use los instrumentos que tiene para que se ejecuten.
  3. Que las nuevas sean áreas de juego de verdad: al menos 200 metros cuadrados con un círculo de 12 metros, como manda el reglamento; con las normas de seguridad que el Ayuntamiento dice exigir desde 2008; y accesibles.
  4. Que estén donde vive la gente: ninguna vivienda del sector a más de 300 metros de un área de juego, que es el estándar con el que la ciudad se mide a sí misma. El parque central es bienvenido, pero no es la respuesta a esta pregunta.
  5. Espacios juveniles, no solo infantiles. La Sugerencia de 2014 pedía las dos cosas. Un potrero para todo el sector no cubre a los adolescentes de un barrio que crece.
  6. Que el Justicia de Aragón pregunte qué ha sido de aquella promesa. El expediente de 2014 se cerró con ella. El 29 de septiembre de 2026 le hemos presentado una queja para que lo haga.
Y a los vecinos os pedimos dos cosas

Que comprobéis el mapa, y que nos mandéis a hola@arcosur.es la foto de vuestra zona infantil más cercana con la hora de salida y la de llegada. Con eso se hace el siguiente mapa.

Documentos y enlaces

Todo lo que citamos, dónde está

  • ◆Sugerencia del Justicia de Aragón, DI-1977/2014-5 (20-11-2014). Veroficial
  • ◆Respuesta del Ayuntamiento: nueve áreas previstas, tres instaladas (23-02-2015). Veroficial
  • ◆Reglamento de Planeamiento, RD 2159/1978, anexo, arts. 3, 4 y 10. BOEoficial
  • ◆Ley de Urbanismo de Aragón, texto refundido, art. 54. BOEoficial
  • ◆Ley 12/2001 de la infancia y la adolescencia en Aragón, arts. 29 y 38. BOEoficial
  • ◆Orden TMA/851/2021, accesibilidad en espacios públicos urbanizados, art. 8. BOEoficial
  • ◆Justicia de Aragón, DI-1644/2015-5: seguridad de las áreas de juego y respuesta municipal de 2016. PDFoficial
  • ◆El Justicia pide una normativa de áreas de juego (25-10-2016). Veroficial
  • ◆INE, población por secciones censales y edad (1-1-2025), tabla 69289. Veroficial
  • ◆Ayuntamiento de Zaragoza, indicadores sociodemográficos por distrito (padrón 2024). Veroficial
  • ◆Informe del Justicia sobre menores 2016: «Sugerencia no aceptada» (exp. 1644/2015). Veroficial
  • ◆Urbanización de la fase del Parque Norte y sus áreas de juego (Ayuntamiento, 09-12-2023). Veroficial
  • ◆Agenda Urbana Española, indicadores (300 m). Veroficial
  • ◆Agenda Urbana de Zaragoza, indicadores de seguimiento. Veroficial
  • ◆Proximidad a zonas verdes en Zaragoza, revista Ciudades 25 (2022). PDFacadémico
  • ◆Diseño del parque central de Arcosur (HoyAragón, 17 y 18-04-2026). 1 · 2prensa
  • ◆Plan municipal de 16 parques infantiles, con la mención a Arcosur (27-05-2024). Veroficial

Una última cosa

Todo esto está en documentos públicos: una resolución del Justicia, una respuesta del Ayuntamiento, tres leyes y un reglamento. Los citamos con su fecha, los enlazamos y los reproducimos tal cual, incluido lo que se ha hecho: cuatro zonas infantiles y una pista deportiva donde en 2014 no había nada. No es que no se haya hecho nada. Es que se prometió mucho más, y el barrio ha crecido mucho más.

Queremos las nueve áreas. Las queremos donde vive la gente y las queremos con fecha.

La JuntaAsociación de Vecinos Arcosur 360

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